Quiebra por impago
Quiebra por impago
¿Cobrar deudas?
Reclama ahora lo que te deben con Cobratis España, líderes en recobro de deudas online desde 2008.
Reclamar deudaEl impago de una o varias facturas de un cliente que alega
una situación de insolvencia, quiebra e incluso procedimiento concursal, está a
la orden del día y debemos de saber cómo acreedores cuando es posible el cobro
y cuando no.
Por nuestra propia experiencia, en más del 80% de las
ocasiones en las que un deudor justifica un impago por motivos de quiebra, es
una afirmación falsa que tiene por objetivo desalentar al acreedor y que éste
decline sus intentos de cobro del saldo impagado.
Por este motivo, en Cobratis siempre recomendamos iniciar
una vía de recuperación de la deuda a pesar de que nuestro cliente nos
manifieste su incapacidad del cumplimiento del pago de nuestra factura.
¿Cuándo procede
entonces “creernos” la insolvencia del deudor?.
Los únicos dos casos en los que se recomienda no iniciar una
vía de recobro judicial es
¿Cobrar deudas?
Reclama ahora lo que te deben con Cobratis España, líderes en recobro de deudas online desde 2008.
Reclamar deuda1 – en el supuesto de haber constatado en el BOE o en el
registro mercantil la baja de la empresa así como su cierre en la hoja
registral.
2 – Ser contactados por una administración concursal para
que les hagamos llegar la documentación relativa a nuestro saldo y nos incluyan
en el plan de liquidación a proveedores.
¿Si el
establecimiento o instalaciones del deudor han cerrado merece la pena
reclamar?.
En la gran mayoría de las ocasiones, el cierre de
instalaciones no responde a una baja en la actividad mercantil del deudor.
Es recomendable en este caso activar la vía judicial para
poder posteriormente localizar dónde ejerce nuevamente actividad la empresa que
nos debe y poder así reclamar nuestro saldo.

