Deuda proveedor
Deuda proveedor
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Reclamar deudaLo más habitual es
reclamar el impago de una factura a un cliente que nos ha dejado a deber un
saldo por un servicio prestado o mercancía entregada.
No obstante, existe un gran vacío informativo sobre la
legitimidad en el cobro de deudas a los proveedores.
¿Cómo es esto
posible?.
Imaginemos que nosotros cómo empresa hacemos el pago por
adelantado de una mercancía o servicio de forma regular a nuestro proveedor.
Puede ocurrir que el material que hemos liquidado nosotros
de antemano no sea servido o el servicio no sea prestado correctamente. En este
punto, la ley nos ampara para que podamos recuperar el saldo de la factura que hemos
pagado al proveedor y que nos convierte en acreedores.
¿Cuáles son los
supuestos más claros?
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Reclamar deudaAquellos casos que no suelen crear ambigüedad jurídica son
los de materiales no servidos, ya que en la prestación de servicios, el impago
suele ser una cuestión subjetiva de las partes y motivada por la disconformidad
o descontento en cómo se ha prestado el servicio, cosa que no es motivo de
impago, sin embargo la no entrega de mercancía si sería un motivo de
reclamación de la factura abonada.
De este modo, a través de nuestro sistema pueden ser
cobradas las deudas a aquellos proveedores a los que les hayamos adelantado una
cuantía por el pago de un material o mercancía y no nos haya sido servida ésta.
¿Qué documentos
justificativos aportar?.
La factura que nos ha sido emitida, el justificante de pago
al proveedor e incluir en la demanda la particularidad de esta reclamación así
cómo dónde tiene su origen.

