• Acceso usuarios
  • Contacto
Xpertius
  • Inicio
  • Descubre Cobratis
  • ¿Cómo funciona?
  • Tarifas y precios
  • Tarifa Plana
  • Solicitar
  • Menú Menú

Morosidad_maximos

18 de marzo de 2009/en Noticias y Actualidad /por admin

Los efectos de comercio impagados siguen su periplo particular y no descansan ni un solo mes. Este enero, el número de efectos de comercio impagados han aumentado un 28,8% con respecto a enero del año pasado, y el importe total de éstos un 37,3%.

¿Y qué significa esto? Pues que de los 10.396.896 efectos vencidos 664.385 han resultado impagados, es decir, de cada 100 efectos vencidos 6,4 han resultado impagados. Y el importe medio de los efectos de

 comercio impagados sigue rondando los 3.000 euros (en concreto 2.952 euros), lo que supone que las empresas han dejado de cobrar casi dos mil millones de euros, exactamente 1.961.425.084 euros, lo que se traduce en que de cada 100 euros que se tenían que pagar, 7 euros y 10 céntimos no se han pagado.

 

Por comunidades, los más morosos este primer mes de 2009 (medido como porcentaje de efectos impagados sobre vencidos) son Canarias (9,3%), Andalucía (8,2%) y Murcia (8%). Las que menos son Navarra (4,5%), País Vasco (4,6%) y Galicia (5%).

Si nos fijamos en importes totales, obviamente Cataluña, Madrid y Valencia encabezan la lista con 375,95 millones de euros, 339,60 millones y 309,19 millones respectivamente. Y digo lo de obviamente porque en las Comunidades más ricas se genera más tráfico mercantil y, aunque en términos porcentuales están cerca de la media, al generar más volumen de efectos, su cifra siempre será superior al resto.

Llevamos ya varios meses con impagos que rondan (y superan) los dos mil millones de euros, lo cual supone que las empresas españolas han dejado de ingresar dos mil millones, con lo cual tendrán mucho menos dinero para reinvertir, para sanear su tesorería, para comprar, etc. lo que provoca muchas de las dificultades que las pymes están sufriendo. Y como estamos escuchando últimamente, esto no tiene visos de arreglarse a corto plazo, sino más bien a medio/largo plazo.

 

💼 Reclama ahora lo que te deben

Reclamar deuda

https://xpertius.com/wp-content/uploads/2025/10/efectos_comercio_impagados_ene09.gif 401 480 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2009-03-18 00:00:002009-03-18 00:00:00Morosidad_maximos

Problema morosidad

13 de marzo de 2009/en Noticias y Actualidad /por admin

La morosidad que estamos viviendo en los últimos meses

(muchos meses) está provocando que muchas de las pequeñas y medianas empresas españolas o estén pasando por auténticas

dificultades o simple y desgraciadamente tengan que cerrar.

Se pueden realizar exhaustivos análisis de las causas, estudios macro y micro

económicos, estudios de coyuntura, análisis económico-financieros, etc. Pero la

realidad y lo que la gente y los pequeños empresarios y autónomos experimenta en

el día a día es mucho más sencillo que todo eso.

Y todo lo podemos resumir en este gráfico  que muestra la sencillez del proceso productivo

de cualquier empresa. Un ciclo que, como la pescadilla, se muerde la cola y una

vez en marcha no se sabe donde está el comienzo ni el final del ciclo.

Simplemente tiene que ir avanzando para que funcione, y si no avanza o uno de

sus engranajes deja de funcionar, pues surgen los problemas que pueden llevar al

cierre de la empresa o negocio.

Como vemos, el ciclo es (por empezar por algún sitio):

  1. Vender: Obviamente, hay que vender para subsistir.
  2. Cuentas a cobrar: Lo ideal es vender al contado, pero en

    muchas ocasiones es imposible, por lo que vendemos a crédito, lo que implica

    tener una cuenta de créditos pendientes (a 30, 60, 90,… días).

  3. Según vayamos cobrando esas cuentas, iremos obteniendo

    liquidez.

  4. Con la liquidez obtenida, podremos hacer frente a nuestros

    pagos fijos y necesarios para sustentar la actividad.

  5. Y finalmente, con el dinero que “nos sobra” podremos hacer nuevas

    compras de suministros/materias primas… para empezar de nuevo

    el ciclo y vender.

Y así este ciclo va girando sucesivamente. Pero, ¿qué ocurre si la morosidad aumenta hasta límites insostenibles (como es el

caso actual en España) y por tanto las cuentas a cobrar no se transforman en

liquidez? Pues sencillo, el engranaje de las cuentas a cobrar deja de

funcionar y eso hace que el mecanismo entero de la actividad empresarial se

rompa.

El gráfico lo deja bien claro. En un escenario de alta morosidad la empresa (en un primer momento) sigue

vendiendo, las cuentas a cobrar aumentan y aumentan, “pero” sin que esas

cuentas se transformen en liquidez, puesto que nuestros clientes dejan

de pagarnos. Este “engorde” de las cuentas a cobrar nos lleva a una disminución

de liquidez, esta disminución de liquidez provoca que tengamos el dinero justo

(o ni si quiera eso) para pagar los gastos fijos, sin que nos quede nada o

prácticamente nada para comprar nuevos suministros, con lo cual ya no podemos

vender, y si no vendemos, no cobramos y si no cobramos, hay que cerrar.

Así de sencilla es la realidad de las empresas españolas, y muchas de ellas podrían arreglar el

engranaje roto mediante una rueda adicional: La financiación bancaria, pero esa

rueda no está disponible. Hay pocas ruedas bancarias y muchas empresas (buenas y viables) con el engranaje de las

cuentas a cobrar oxidado por la morosidad. Y nadie pone de su parte para arreglarlas, y

si no se arreglan a tiempo se estropearán para siempre. Y

recuperar esas empresas “rotas” no será fácil. Tiempo al tiempo.

Continuar leyendo en riesgoymorosidad.com

💼 Reclama ahora lo que te deben

Reclamar deuda

https://xpertius.com/wp-content/uploads/2025/10/ciclo_de_ventas_riesgo_comercial_problema.gif 401 318 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2009-03-13 00:00:002009-03-13 00:00:00Problema morosidad

En defensa del moroso

11 de marzo de 2009/en Noticias y Actualidad /por admin

Un pollo gigante persiguiendo por la calle a una mujer ataviada con

visones. Un torero esperando a un empresario en la puerta de su oficina

para reclamarle el pago de una deuda. Nuestro país es el único de la

Unión Europea donde no está regulada la actividad de recobro

extrajudicial de deuda. Es decir, aquí vale todo con tal de conseguir que los morosos paguen lo que deben. O por lo menos de momento. La Comisión de Economía y Hacienda del

Congreso aprobó ayer por unanimidad una proposición no de Ley del Grupo

Parlamentario Catalán (CIU) en la que insta al Gobierno a regular estas

actividades. Es el primer paso para acabar con el linchamiento público del moroso.

 

Como explica la Unión de Consumidores (UCE),

«se puede considerar a alguien moroso en el momento en que tiene una

deuda y un acreedor se la reclama. Otra cosa es si se ha establecido un

plazo para el pago. Una vez que ha transcurrido ese plazo no es

necesaria que nadie reclame el pago para convertirse en moroso».

A partir de aquí todo parece valer para conseguir lo adeudado. Las

agencias de cobros de morosos no tienen reparos para ridiculizar, vejar

o denigrar a una persona con tal de que pague. Y eso se puede hacer por

el vacío legal que existe en España y que ha hecho que proliferen este tipo de negocios basados en el ‘mobbing al moroso’.

También es cierto que hoy en día puede resultar muy complicado el conseguir que alguien te devuelva un dinero que te pertenece. Ni siquiera una sentencia judicial asegura el cobro de una deuda. Pero esto no justifica cualquier medida para conseguirlo. Y a pesar de que el artículo 18 de la Constitución, diga que «se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen»,

no hay nada que evite que un individuo vestido de cura y Biblia en mano

te persiga por el centro de tu ciudad reclamándote una deuda.

En defensa del moroso

El objetivo de CiU, y el resto de grupos parlamentarios que se han

unido a su propuesta, es que el Gobierno adopte las medidas necesarias

para crear un marco jurídico de actuación de la actividad de recuperación de deudas y de cobro de créditos impagados.

Según palabras de su portavoz de economía del partido, Josep Sánchez y

Llibre, la intención es proteger a «los ciudadanos frente a aquellas

actuaciones que atentan a la dignidad de las personas o invadan su

intimidad en ocasiones de la reclamación de impagos».

Pero hasta que esta propuesta se convierta en ley (y para eso todavía queda), los deudores sólo podrán contar con la figura del defensor del moroso. Y para recurrir a ella es necesario haber sufrido ya el daño.

Y éste puede ser de diferentes tipos. No es sólo el ser acosado por un

torero en plena calle. «Hubo un caso de un constructor al que se

dedicaron a llamar a otras empresas y le quitaron tres obras», explica

Pablo Camacho, gerente de la empresa. Los daños muchas veces son irreparables porque por mucho que te den la razón en un juicio la imagen de la

Pantera Rosa acosándote ya no se puede borrar y casi siempre es

demasiado tarde para evitar que en el vecindario se hable de ello.

La función de los abogados de El Defensor del Moroso negocian con el

acreedor el pago de la deuda, tratando de obtener un aplazamiento de la

misma o bien una quita en su cuantía. Además denuncian ante la Agencia Española de Protección de Datos los posibles abusos de los que sean víctimas sus clientes por parte de

las empresas de cobro, que en ocasiones incumplen el deber de

confidencialidad sobre los datos personales de los supuestos morosos.

Continuar leyendo en Soitu.es

💼 Reclama ahora lo que te deben

Reclamar deuda

https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2009-03-11 00:00:002009-03-11 00:00:00En defensa del moroso

Archivo de noticias

  • febrero 2026210
  • enero 20263
  • diciembre 20252
  • noviembre 20254
  • octubre 20251
  • septiembre 20254
  • agosto 202516
  • julio 20258
  • junio 20256
  • mayo 20257
  • abril 20254
  • marzo 20253
  • febrero 20253
  • enero 20253
  • diciembre 20244
  • noviembre 20244
  • octubre 20243
  • septiembre 20244
  • agosto 20242
  • julio 20244
  • junio 20243
  • mayo 20243
  • abril 20244
  • marzo 20246
  • febrero 20246
  • enero 20246
  • diciembre 20235
  • noviembre 20234
  • octubre 20234
  • septiembre 20235
  • agosto 20233
  • julio 20232
  • junio 20232
  • mayo 202340
  • abril 202315
  • marzo 202315
  • febrero 20235
  • enero 20238
  • diciembre 20224
  • noviembre 20224
  • octubre 20223
  • septiembre 20222
  • agosto 20221
  • julio 20221
  • junio 20222
  • mayo 20222
  • abril 20222
  • marzo 20224
  • febrero 20224
  • enero 20227
  • diciembre 202111
  • noviembre 202111
  • octubre 20216
  • septiembre 20215
  • agosto 20216
  • julio 20219
  • junio 20218
  • mayo 202125
  • abril 202146
  • marzo 202130
  • febrero 20216
  • enero 20212
  • diciembre 20201
  • noviembre 20202
  • octubre 20201
  • septiembre 20202
  • agosto 20202
  • julio 20201
  • junio 20203
  • mayo 20204
  • abril 20203
  • marzo 202013
  • febrero 20205
  • enero 20205
  • diciembre 20191
  • noviembre 20193
  • octubre 20193
  • septiembre 20193
  • agosto 20191
  • julio 20192
  • junio 20192
  • mayo 20192
  • abril 20192
  • marzo 20194
  • febrero 20192
  • enero 20192
  • diciembre 20182
  • noviembre 20184
  • octubre 20185
  • septiembre 20182
  • agosto 20181
  • julio 20183
  • junio 20183
  • mayo 20183
  • abril 20182
  • marzo 20183
  • febrero 20182
  • enero 20182
  • diciembre 20173
  • noviembre 20173
  • octubre 20172
  • septiembre 20173
  • agosto 20173
  • julio 20172
  • junio 20174
  • mayo 20174
  • abril 20174
  • marzo 20174
  • febrero 20174
  • enero 20174
  • diciembre 20163
  • noviembre 20164
  • octubre 20164
  • septiembre 20164
  • agosto 20164
  • julio 20164
  • junio 20162
  • mayo 20164
  • abril 20165
  • marzo 20166
  • febrero 201612
  • enero 20165
  • diciembre 20155
  • noviembre 20159
  • octubre 201511
  • septiembre 201515
  • agosto 20153
  • julio 20155
  • junio 201510
  • mayo 201512
  • abril 201514
  • marzo 201515
  • febrero 201511
  • enero 201514
  • diciembre 20149
  • noviembre 20144
  • octubre 20144
  • septiembre 20145
  • agosto 20143
  • julio 20144
  • junio 20144
  • mayo 20144
  • abril 20145
  • marzo 20144
  • febrero 20144
  • enero 20144
  • diciembre 20134
  • noviembre 20134
  • octubre 20134
  • septiembre 20136
  • agosto 20131
  • julio 20134
  • junio 20135
  • mayo 20135
  • abril 20137
  • marzo 20135
  • febrero 201310
  • enero 201314
  • diciembre 201210
  • noviembre 201228
  • octubre 201214
  • septiembre 201225
  • agosto 20124
  • julio 20129
  • junio 201217
  • mayo 20125
  • marzo 201226
  • febrero 201240
  • enero 20129
  • diciembre 20114
  • noviembre 20119
  • octubre 201115
  • septiembre 20114
  • junio 20112
  • mayo 20113
  • abril 20117
  • marzo 20118
  • febrero 20115
  • enero 20117
  • diciembre 20107
  • noviembre 201021
  • octubre 201026
  • septiembre 201014
  • agosto 20102
  • julio 201010
  • mayo 20101
  • marzo 20102
  • enero 20101
  • diciembre 20091
  • noviembre 20092
  • octubre 20092
  • septiembre 20091
  • agosto 20091
  • junio 20094
  • abril 20092
  • marzo 20093
  • febrero 20095
  • enero 20092
  • diciembre 20084
  • noviembre 20088
  • octubre 200817
  • septiembre 20082
  • agosto 20086

Clientes

  • Acceso usuarios

Centro de ayuda

  • Cobro de alquiler
  • Preguntas frecuentes Cobratis
  • Preguntas frecuentes Monitorio
  • El procedimiento monitorio a fondo

Contacto / Información

  • Información general
  • Atención al cliente

Área comercial

  • Solicitar información
  • Abrir ticket de consulta
Noticias | Condiciones del servicio | Aviso legal | Privacidad | Adheridos a debtalia

© Cobratis España. Todos los derechos reservados.

Desplazarse hacia arriba

Usamos cookies para mejorar tu experiencia. Más info en nuestra política de privacidad.