Cobrar deuda total
Muchas veces en aras de no perder la
totalidad del cobro de una factura aceptamos lo que nuestro deudor nos propone
en forma de “Quita”.
La quita de una deuda no es más que un
acuerdo propuesto por la parte deudora en la cual se ofrece a liquidar un
porcentaje de la deuda total para que ésta sea cancelada íntegramente.
Otra forma alternativa del cobro de una
deuda en su totalidad sería la de un acuerdo fraccionado de pago mediante un
contrato de reconocimiento de deuda.
Ambas opciones pueden ser buenas
alternativas a no cobrar una deuda pero en cualquiera de los dos casos debe de
existir un acuerdo de pago por escrito y en el que el deudor demuestre una
voluntad de pago real de la deuda mediante el abono de una provisión.
También es posible que cuando la deuda
esté plenamente documentada y sea totalmente veraz, se rechace cualquier otro
acuerdo de pago que no sea el del pago íntegro de la deuda que tenemos a
nuestro favor y obviar otro tipo de soluciones de cobro que no sean el del
cobro total de la deuda.

