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Tarifa plana cobratis

14 de abril de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Desde que a petición de muchos de nuestros

clientes con un volumen medio-alto de acumulado de deudas impagadas,

desarrollamos una tarifa plana para darles soporte, la acogida ha sido más que

notable año tras año por parte de todo tipo de acreedores.

Siendo la primera empresa de cobro de

morosos en España que planteó una tarifa plana de recobro de deudas, Cobratis

ha destacado por ir a la vanguardia del sector yendo siempre varios pasos por

delante de su competencia en precio y servicio.

Los sistemas y estándares bajo los que

Cobratis opera suponen una fuerte securización de los procesos de cobro de

deudas en todos los ámbitos de la tramitación de los impagados tanto para

empresas, particulares cómo comunidades de bienes y vecinos.

Cobrar deudas en nuestro país supuso un

antes y un después desde que en el año 2007 nuestra compañía irrumpiera en un

mercado de servicios de recobro obsoleto, poco eficaz y ante todo con muy mala

reputación.

Desde el año 2011, Cobratis ofreció una

tarifa plana de cobro de deudas pionera en el mercado (y seguidamente emulada

por otras muchas firmas que pretendieron dar en vano un servicio similar).

Muchos de nuestros clientes vieron en esta tarifa una forma rentable de

normalizar y externalizar el recobro de sus impagados a un bajo coste y con

máximas garantías de recuperación.

Además de todo esto, el pasado año 2014 se

adhirió nuestro servicio preventivo Cauciona.es a coste cero para aquellos

clientes que operaban con nosotros bajo la modalidad tarifa plana logrando

ofrecer probablemente el mejor servicio global preventivo y correctivo

orientado al cobro de morosos e impagados online de nuestro país.

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2015-04-14 00:00:002015-04-14 00:00:00Tarifa plana cobratis

Cobro de morosos 2015 1

10 de abril de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Este primer trimestre ha sido para las

empresas quizás uno de los peores períodos fiscales en lo que a facturas

impagadas se refiere.

Nuestros propios clientes han incrementado

la carga de nuevos recobros en nuestros sistemas siendo las deudas reclamadas caracterizadas

generalmente por no ser importes muy elevados y ser de una antigüedad bastante

reciente.

¿Esto que nos indica?, obviamente esto

refleja un claro cambio en la tendencia en la reclamación de deudas de facturas

impagadas ya que ahora se reclaman antes las deudas y no se permite que éstas

se hagan demasiado voluminosas.

En cierto modo podríamos a decir que las

empresas de nuestro país han perdido el miedo a reclamar sus deudas impagadas y

ven en las empresas de cobro de morosos un fiel aliado para recupera los

impagados derivados de operaciones comerciales fallidas.

Por este motivo, quizás en la actualidad

más que nunca las empresas deben de contar con una empresa de recobro de deudas

externa que tramite los impagos de las deudas tan pronto estas llegan a ser

exigibles y reclamables.

Cobratis gracias a su novedosa tarifa

plana pone a disposición de todo tipo de clientes una forma sencilla, rápida,

eficaz y asequible de tramitar las deudas impagadas y poder cobrar así las

deudas de clientes morosos que no han sido satisfechas hasta la fecha.

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2015-04-10 00:00:002015-04-10 00:00:00Cobro de morosos 2015 1

Cambio tasas judiciales

9 de abril de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Desde que se aprobara el pasado mes de

marzo la modificación de la ley de tasas judiciales, muchos acreedores

particulares cómo propietarios con inquilinos morosos, pequeños profesionales

autónomos, prestamistas y otro tipo de acreedores, han decidido cursar la

reclamación de sus deudas.

De hecho, hemos podido comprobarlo

directamente en nuestros sistemas, ya que muchas altas de nuevos recobros que

se cursaron y no llegaron a finalizarse al superar estas los 2.000€ y ser

reticentes los acreedores al pago de la tasa judicial.

Estas reclamaciones de deuda no

finalizadas, los acreedores vuelven a retomarlas ante la estupenda noticia de

no tener que liquidar el pago de la tasa obligatoriamente aunque sean superados

los 2.000€ de cuantía reclamada al deudor.

En pocos meses esta modificación se espera

también afecta a las empresas, un conjunto de afectados por los impagados

demasiado grande y que precisa de forma urgente una forma de acudir a la

justicia sin la necesidad de sufragar por unas tasas que ahora el gobierno

piensa que pudieron ser injustas y desproporcionadas.

Por otra parte, la administración de

justicia está pendiente de resolver sobre la legitimidad de aplicación de las

tasas judiciales a las comunidades de propietarios, colectivo con altos índices

de impagados por parte de propietarios deudores.

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2015-04-09 00:00:002015-04-09 00:00:00Cambio tasas judiciales

Reclamar deuda servicio

8 de abril de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Una duda muy común en el día a día de la

gestión de cobro de facturas impagadas en la empresa es conocer cuál es el

momento preciso en el que se debe de acudir a una empresa de cobro de morosos e

impagados.

Realmente si el rigor en el cobro de

facturas existiese en nuestro país del mismo modo en el que se lleva a cabo en

otros países de la unión europea, este planteamiento para el cobro de deudas no

debería ni de ponerse encima de la mesa.

Lamentablemente en nuestro país, el

comportamiento de pago deja mucho que desear por parte de muchas empresas y

particulares deudores que no acaban de entender la importancia de liquidar en

la fecha oportuna el pago de las facturas que les han sido emitidas y que deben

de ser abonadas.

Si tras emitir nuestra factura y haber

sido ésta vencida y se nos devuelve el giro bancario o bien no ha sido

satisfecha transferencia si esta hubiera sido la opción de pago acordada, la

deuda pasaría a ser vencida y por tanto “exigible”.

En este punto es cuando nosotros cómo acreedores

ya tenemos un derecho pleno sobre el recobro de la deuda a través de una

empresa de gestión de cobro o bien a través de un gabinete jurídico que pueda

reclamar el cobro de esta deuda por las vías legales oportunas.

Si la deuda aún no ha vencido, ésta no

podrá ser reclamada judicialmente aún ya que será motivo de oposición por parte

de la parte demandada y alegará que el pago de la deuda no ha sido satisfecho

debido a que la misma aún no ha vencido y que por tanto no es aún reclamable

legalmente.

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