¿Se deben de incluir los gastos de devolución bancaria al principal de la demanda?
Esta es una de las
cuestiones que más se plantean aquellos acreedores a los que el impago de
determinada factura les ha supuesto además del impagado, un gasto por
devolución bancaria.
RECLAMAR DEUDA O FACTURA IMPAGADA
Tarifas para cobrar una sóla deuda – Tarifa plana para cobrar varias deudas
Disponiendo del
documento bancario que justifica el apunte del importe de dicha devolución sí
que podría añadírsele este importe a la cuantía de la reclamación por lo que se
reclamaría la factura impagada más los gastos devengados de dicha devolución.
¿Prescriben estos gastos?.
Este importe que se
reclama por los gastos de devolución forman parte del derecho de cobro
principal por lo que al igual que la propia deuda en sí, por lo que esta
devolución tiene un derecho de reclamación de 15 años, al igual que una deuda
corriente.
Siempre que sea posible
el acreedor deberá de disponer del documento bancario que acredite la
devolución aunque su emisión sea electrónica a través de banca online.

