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Concurso de acreedores 09

28 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Muchísimas empresas y

profesionales se encuentran en la tesitura de no saber qué hacer en el momento

que reciben una circular de la administración concursal en el cual se pone de

manifiesto el concurso de acreedores iniciado por el deudor.

En este punto hay que

valorar en qué estado se encuentra el cobro de la deuda ya que si esta se

encuentra presentada ante el juzgado, la sentencia favorable nos servirá por si

misma cómo documento de inscripción al crédito y nos servirá al mismo tiempo

cómo documento prioritario respecto a otros acreedores.

Si la deuda aún no ha

sido tramitada por vía judicial y recibimos este tipo de circular lo más

conveniente es contactar con nuestro departamento jurídico para recibir asistencia

en esta fase de inscripción concursal.

En caso contrario, habrá

que establecer una serie de procedimientos con la administración concursal así como

facilitarle la documentación que avale dichos créditos así como la confirmación

de la inclusión de estos en el plan de liquidación.

Tras haber sido aprobado

y tramitado el concurso deberemos de recibir desde la administración concursal

el plan de pagos establecido por dicha administración para que nuestro crédito

o saldo acreedor quede compensado y liquidado.

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Las empresas de recobro

28 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Los serios problemas de

cobro por los que muchas empresas y profesionales de nuestro país deben de

pasar para cobrar de forma regular por sus productos y servicios hacen de las empresas

de recobro un apoyo fundamental en tiempos de incertidumbre en los pagos.

Reclamar deudas

impagadas a través de una empresa de recobro puede suponer la diferencia entre

cobrar o no cobrar las deudas que no han sido abonadas hasta la fecha.

Ello se debe a que

muchos de los deudores con proveedores pendientes de pago o de liquidación

priorizan el pago de las facturas según estas le son reclamadas desde

departamentos jurídicos externos y contratados por su acreedor.

De este modo, aquellos

acreedores que cuenten con asistencia para el recobro de los impagos ocuparán

posiciones de cobro más ventajosas respecto a otros acreedores sin coberturas

de recobro.

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Cobro concurso acreedore

24 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

En primer lugar tenemos

que saber en qué estado de la fase concursal se encuentra nuestro deudor ya que

dependiendo de esto, podremos ejercer nuestro derecho de cobro de un modo más

rápido y efectivo.

Si el deudor nos avisa

de que van a declarar el concurso no hay tiempo que perder, debemos de hacer la

correspondiente consulta en el Boe y contrastar si ha sido instado el proceso

de concurso o no.

Si no ha sido declarada en

concurso aún la sociedad, debemos de reclamar la deuda cuanto antes para

obtener nuestro título ejecutivo lo antes posible para ejecutar embargo o bien

posicionarnos mejor respecto a nuestros deudores.

Si tenemos comunicación

del administrador concursal para incluir nuestro crédito en el plan de pagos a

realizar a los acreedores, tendremos que seguir las instrucciones de envío de

documentación que se nos detalle y solicitar del administrador concursal nos

sea notificado el calendario de pagos lo antes posible.

Por otra parte, si

tenemos constancia de que la empresa que nos debe ya ha declarado un concurso,

debemos de obtener dicha información en el Boe tan sólo introduciendo el nombre

fiscal de nuestro deudor seguido de la palabra “concurso” en el buscador

Google;

Haciendo esta búsqueda

podremos ver que en el Boe consta toda la información del concurso: Número de

proceso mercantil, juzgado asignado así cómo administración concursar encargada

de tutelar el asunto.

En dicha información veremos

los datos de contacto de dicha administración, deberemos de ponernos en

contacto con ésta y remitirles nuestra documentación e indicar que deseamos ser

inscritos al concurso al no haber recibido circular para solicitar nuestra

inscripción al concurso voluntario.

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Cobro deuda administrador

24 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

En muchas ocasiones los

derechos de cobro antiguos sobre empresas no llegan a ejercerse por el miedo a

llegar a un punto muerto en la reclamación de una deuda vieja.

Definitivamente y tras

haber logrado el éxito en la recuperación de deudas de esta tipología, se

recomienda que las deudas antiguas sean reclamadas ya que aunque no dispongamos

de un domicilio de la empresa o bien esta ya no ejerza actividad en el lugar

que conocíamos, posiblemente podamos obtener una nueva dirección de la

demandada tras practicar la pertinente búsqueda ante organismos públicos.

En caso de no ser así y

si está la mercantil aún activa, podemos solicitar el requerimiento de la

mercantil a través de su administrador, cosa que facilitará el proceso de

notificación de la demandada.

Para ello, ha de

solicitarse una nota simple mercantil de la sociedad a la que reclamamos la

deuda, en ésta constan los datos del administrador y debemos de acompañarla a

la petición inicial de juicio monitorio o bien al recurso que presentemos para

la consecución del expediente.

Gracias a este trámite

han logrado cobrarse deudas que parecían perdidas o imposibles de recuperar ya

que la localización de la mercantil a través de su administrador no es un

proceso demasiado conocido que ponemos a disposición de nuestros clientes sin

un coste adicional.

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Impagos imprentas

21 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

El sector de la

impresión gráfica a gran formato y rotulación atraviesa una fuerte oleada de

impagos mercantiles durante el presente ejercicio 2015

General y curiosamente

son impagados entre mayorista y minorista en los que el principal afectado

suelen ser empresas prestadoras de este servicio con capacidad de desarrollar

los trabajos más costosos para servirlos al cliente que es quien el que

generalmente se encarga de hacer la instalación a su propio cliente.

De este modo, el deudor

típico de estas empresas de tamaño mediano e incluso grande suelen ser las

pequeñas tiendas de rotulación e instalación de vinilos.

Tan sólo en lo que va de

año el cobro de estos morosos ha superado en más de 20% al ejercicio anterior

por lo que queda puesto más que de manifiesto un notable incremento en los

impagados en este sector.

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Deudas publicidad impago

21 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Recientemente hablábamos

con un ejecutivo de una empresa de Madrid encargada de desarrollar trabajos a

gran escala para primeras marcas en el desarrollo de spots, cursos de coaching

y demás y nos trasladaban la enorme preocupación que este tipo de impagos les

está generando.

¿Cómo era posible que

marcas con presupuestos anuales en publicidad de varios millones de euros no

atendiera al pago de un proveedor encargado de la creatividad de dichas

campañas?.

Una nueva tendencia en

el ámbito de los impagos parece estar haciéndose notar en este sector ya que la

disconformidad por los trabajos realizados suele ser uno de los principales

argumentos que suelen utilizar muchos de estos clientes para intentar demorar o

renegociar el pago.

Realmente no existe una

solución específica para este tipo de situaciones, lo que sí que es más que

recomendable es siempre disponer de una hoja de conformidad de los trabajos

realizados para obtener mayores garantías en el cobro de nuestras facturas.

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Deuda reforma hogar

17 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

La actual crisis ha

hecho aflorar un crecimiento exponencial de impagos en el que se ven afectadas

las empresas y profesionales dedicados al sector de instalación y reforma

doméstica de todo tipo.

Muchas de las empresas y

profesionales que nos exponen su caso para analizar la viabilidad del cobro de

este coinciden en darse situaciones de carácter similar en el que el cliente

argumenta la disconformidad en el trabajo para intentar pagar sólo una parte de

la factura o en casos extremos, no pagarla.

¿Qué es lo que debe de hacer la empresa o

profesional acreedor en estos casos?

En primer lugar tener

muy claro que la disconformidad con un trabajo no es motivo de un impago ya que

el cobro de la deuda sería legítimo para el prestador del trabajo o servicio y

si el cliente no estuviera conforme con la reclamación, éste debería de cursar

la oportuna reclamación solicitando cualquier tipo de daños o perjuicios que le

hubiera ocasionado un mal trabajo o servicio recibido;

Bajo esta premisa, el

cliente ha de acreditar debidamente posiblemente a través de perito en un

juicio que los trabajos no han sido realizados conforme a lo establecido

previamente con su proveedor, siendo en cualquier caso una circunstancia paralela

a la obligación del pago de la factura por los servicios recibidos.

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Cobrar impago nomina

17 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Son muchos los

trabajadores con impagos de nómina los que solicitan a Cobratis la reclamación

de sus impagos pero lamentablemente por la vía de reclamación civil del proceso

monitorio empleado en la vía judicial es imposible reclamar este tipo de

deudas.

Para este tipo de

reclamaciones se debe de emplear un procedimiento especial de tipo laboral

orientado a la reclamación de deudas de impago de nóminas y salarios, materia

completamente competente a los profesionales del derecho especializados en

materia laboral.

¿En los contratos de tipo mercantil se

puede reclamar la deuda por el monitorio?

Sí, ya que el contrato

mercantil implica que el trabajador está ejerciendo su labor en régimen de

autónomo y que por tanto factura a la empresa su retribución, este sería el

único caso en el que si podría reclamarse un salario al ser la reclamación del

pago de una factura y no de una nómina no abonada.

 

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Cobro concurso acreedores

14 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Dependiendo del estado

en que se encuentre el concurso de acreedores podremos instar la solicitud del

proceso monitorio o no.

De ello depende que

hayamos recibido o no la circular emitida por la administración concursal de la

entidad sujeta a concurso en la que se nos emplace a la inclusión de nuestras

facturas o derechos de cobro a dicho concurso a través de envío de

documentación que soporte el crédito a nuestro favor.

Si no hemos recibido

comunicación por parte de la administración concursal y no tenemos constancia

de que la sociedad se haya concursado, podremos iniciar el proceso  judicial monitorio para generar una sentencia

favorable que nos permita una mejor posición de cobro respecto de otros

acreedores sin sentencia judicial.

En caso de que la

sociedad sí que este en concurso recibiremos una diligencia del juzgado en la

cual se detallará desde el juzgado mercantil que tutele el asunto el estado del

concurso y adicionalmente los datos del administrador concursal al que habremos

de dirigirnos para enviar la documentación que soporta el impagado a nuestro favor.

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Cobrar inquilino vivienda

14 de septiembre de 2015/en Noticias y Actualidad /por admin

Muchísimas de las deudas

de impagos de alquiler quedan sin reclamar en nuestro país al no conocerse el

paradero del antiguo inquilino moroso.

En caso de no conocer el

paradero del deudor, una vez se inicia el proceso judicial ante el juzgado

competente y ser requerido de pago el deudor con resultado negativo por

ilocalización, será el momento de solicitar del juzgado realice la pertinente

búsqueda del deudor.

Para ello en Cobratis

solicitamos para nuestros clientes una exhaustiva búsqueda del deudor

ilocalizado a través de toda clase de organismos públicos como la agencia

tributaria, seguridad social, censos, cuerpos de seguridad del estado, tráfico

etc…

Cómo norma general se

suele dar con un nuevo domicilio del deudor que en algunas ocasiones puede

pertenecer a otro municipio y por tanto a otro partido judicial distinto al que

había sido interpuesta la demanda contra el inquilino moroso en primera

instancia.

Si el deudor es una

persona física se agiliza y se simplifica este trámite de manera drástica ya

que en los casos de reclamación de deudores persona jurídica en ocasiones hay

que pedir una búsqueda a través del administrador mediante nota simple

mercantil, cosa que suele retrasar el proceso.

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