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Cobro impago rentas

25 de enero de 2016/en Noticias y Actualidad /por admin

Los impagos en el alquiler de inmuebles están a la orden del

día y ya es extraño el propietario que a la fecha no ha encontrado problemas de

pago en alguna ocasión por parte de alguno de sus inquilinos.

Afortunadamente la ley ampara a los propietarios de los

inmuebles con saldos acreedores y a día de hoy, los procedimientos de

reclamación de cuantía por rentas impagadas son de los procedimientos con mayor

tasa de admisión a trámite en los juzgados españoles.

En primera instancia y tras el impago de la primera renta,

es aconsejable que el propietario se ponga en contacto con el inquilino deudor

de forma amistosa y recabe información sobre el motivo que ha llevado al impago

de la mensualidad.

En caso de no regularizarse la situación en un plazo

prudencial de unas dos semanas, se recomienda enviar al inquilino algún tipo de

comunicación e incluso un email o whatsapp dónde se requiera el pago de la

deuda y se pida se abone lo antes posible para evitar medidas legales en su

contra.

Si el inquilino moroso no atiende al requerimiento de la

deuda y persiste la situación de impago, puede cursarse la reclamación del

impago del arrendamiento a través del proceso monitorio, procedimiento principal

de la LEC que permite a los propietarios reclamar el pago de sus rentas de

forma sencilla y cómoda.

Cobratis pone a disposición de los propietarios un sistema

de recobro de rentas impagadas que pretende cobrar la deuda inicialmente por

vías amistosas, recurriendo al monitorio únicamente si la vía amistosa resulta

ser infructuosa.

Más de 1.000 propietarios ya han confiado en Cobratis España

para recuperar los impagos de sus inmuebles y cobrar las deudas devengadas de

rentas impagadas que hasta la fecha no habían podido ser cobradas por otros

medios. 

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2016-01-25 00:00:002016-01-25 00:00:00Cobro impago rentas

¿Se puede llevar a cabo el cobro de deudas particulares a través del proceso monitorio?

18 de enero de 2016/en Noticias y Actualidad /por admin

En numerosas ocasiones acreedores de tipo particular

renuncian a reclamar sus impagos debido a desinformación general sobre cómo ha

de cursarse este tipo de reclamación de cuantía y cuáles son los pasos a dar de

cara a poder cobrar una deuda.

RECLAMAR DEUDA O FACTURA IMPAGADA

Tarifas para cobrar una sóla deuda – Tarifa plana para cobrar varias deudas

La legitimidad en el derecho de cobro suele ser una de las

cuestiones que más controversia genera entre los acreedores particulares. 

A efectos legales y en cuanto a derecho de cobro de una

reclamación, una deuda es reclamable tanto por empresas cómo particulares del

mismo modo, ya que para ello tan sólo es necesario que la deuda esté acreditada

con documentos, sea una deuda vencida, que sea también dineraria y que por

último sea exigible.

El cobro de deudas particulares como norma general suelen ser

los devengados del cobro de deudas derivadas de impagos de rentas de alquiler y

aquellos que se generan al incumplirse un préstamo entre ambas partes.

En ambos casos se hace necesario disponer de un documento de

reconocimiento de deuda o contrato privado (no hace falta ser notarial) en el

que se establezca el régimen de pago por parte del deudor.

Respecto al pago de intereses, se hace aconsejable que

exista algún tipo de cláusula en contrato en el que se refleje el interés legal

del dinero a fecha del devengo de la deuda para que pueda ser incluido dicho

interés a la demanda.

Aunque el proceso monitorio es quizás la vía judicial más

rápida y efectiva el recobro de impagados de empresas y particulares, sigue siendo

aún un gran desconocido por un volumen de acreedores todavía muy elevado que no

ha acudido a la justicia por miedo a la demora en los trámites y a los costes

que pueda ir vinculada la reclamación de una deuda por vía judicial.

El proceso monitorio es una solución rápida y eficaz para

cobrar deudas particulares y al contrario que otras vías judiciales, los costes

y los tiempos de espera son muchos más reducidos que en vías legales

ordinarias.

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2016-01-18 00:00:002016-01-18 00:00:00¿Se puede llevar a cabo el cobro de deudas particulares a través del proceso monitorio?

Abogados impagos

11 de enero de 2016/en Noticias y Actualidad /por admin

La gestión de cobro de impagados en ocasiones puede alcanzar

unos volúmenes tan importantes en la empresa que puede hacerse necesaria la

subcontratación de la recuperación de impagos por parte de un departamento

jurídico o un abogado especialista en impagos.

Cuando los impagos acumulados suponen un deterioro notable

de la liquidez y necesitamos una solución de recobro efectiva, debemos de

buscar la opción de cobro que más se adapta a nuestros intereses.

Existen empresas que desean basar exclusivamente la

recuperación de sus impagos a través de acciones expeditivas o bien a través de

call centers externos.

Esta no es una mala opción pero cómo norma general y para

aumentar la eficacia en el cobro, ha de ir avalada por abogados especialistas

en impagos o bien un gabinete jurídico especializado en materia de recobro.

Cobratis cuenta con una red de abogados

especialistas en impagos que otorgan una cobertura jurídica nacional,

pudiendo reclamarse deudas en cualquier lugar de la demarcación española.

En primera instancia obviamente se intenta recuperar los

impagos a través del gabinete jurídico central que es quien lleva a cabo la

gestión de acciones de recobro extrajudiciales.

En esta primera etapa de la recuperación intenta llevarse a

cabo el cobro de la deuda por vías pre judiciales y fuera de un procedimiento

judicial que en ocasiones puede ser innecesario.

La reclamación de deudas a través de nuestra red de abogados

especialistas en impagos sólo se lleva a cabo cuando la acción extrajudicial ha

sido insuficiente y hay que acudir a vías posteriores al monitorio en las que

haya de interponerse una demanda de ejecución y embargo de bienes o bien acudir

a un juicio por oposición.

En cualquier caso la gestión del cobro previa, en muchas

ocasiones hace innecesaria la vía judicial por lo que siempre se recomienda iniciar

el recobro de forma secuencial empezando de menos a más.

Abogados especialistas en impagos

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0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2016-01-11 00:00:002016-01-11 00:00:00Abogados impagos

Feliz 2016

4 de enero de 2016/en Noticias y Actualidad /por admin

Queremos agradecer la confianza depositada por nuestros

clientes durante el año 2015 que ya queda atrás. Se abre un nuevo año en el que

seguiremos recuperando impagados para nuestros clientes haciendo nuestro

trabajo con el rigor y dedicación que nos caracteriza.

Sabemos que son momentos difíciles para los acreedores pero

desde Cobratis pedimos el no tirar la toalla y siempre intentar recuperar lo

que es debido.

Cobrar es un derecho y no un privilegio y desde nuestra

entidad seguiremos luchando con mayor fuerza si cabe para defender los

intereses de nuestros clientes que al fin y al cabo, son los que hacen que la

iniciativa Cobratis siga siendo posible y se mantenga como solución de recobro

online líder desde 2007.

Gracias por contar con Cobratis y seguir confiando en

nosotros, felices fiestas y próspero año nuevo.

Un fuerte abrazo.

Juan Martínez

Director General.

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2016-01-04 00:00:002016-01-04 00:00:00Feliz 2016

Impago cliente

4 de enero de 2016/en Noticias y Actualidad /por admin

Generalmente cuando un cliente nos lleva a una posición

acreedora en la que no se nos ha satisfecho el pago de nuestra factura, la

relación con éste cliente se ve deteriorada notablemente y es posible que

irónicamente perdamos a un buen cliente.

Tenemos que hacer el ejercicio necesario de evaluar cuáles

han sido las condiciones reales y demostrables sobre las que se ha producido el

impago a nuestro favor.

Si tras examinar detalladamente que el impago de nuestra

factura ha respondido a una doble situación puntual e involuntaria, será cuando

podamos “dar otra oportunidad al cliente”.

Puntual ya que debe de ser una situación de falta de

liquidez que no debe de volver a repetirse en las relaciones comerciales y

mercantiles que mantengamos en el futuro con el cliente.

Involuntaria por que debe de ser una situación de impago

producida por una causa mayor en la que se nos ha impagado la factura por causa

mayor.

Ganar la confianza será una de las cosas con las que deberá

de trabajar nuestro cliente si éste desea volver a contar con nosotros cómo

proveedor habitual. Para ello, no está de más que pidamos señas o avales que

garanticen que la situación de impago anterior, no va a volver a tener lugar en

el transcurso de las relaciones comerciales.

Si el cliente declina cualquier tipo de nueva condición que

ofrezcamos cómo contrapartida a la situación de impago en la que nos ha hecho

vernos envueltos, posiblemente suponga un nuevo atentado a medio o largo plazo

contra nuestro derecho cómo acreedores.

En cualquier caso, alterar las formas de pago para aquellos

clientes bajo los que pesa la sombra de la duda, siempre es una buena

alternativa para reducir el riesgo de impago que podamos afrontar en un futuro.

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2016-01-04 00:00:002016-01-04 00:00:00Impago cliente

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