Reclamar judicialmente
Cuando nos encontramos con impagos en nuestro negocio, la
primera opción que contemplamos como válida y viable es reclamar al deudor ante
el juzgado competente por el importe que se nos adeuda.
Aunque podamos estar en lo cierto, siempre es más que recomendable
establecer unas medidas previas al proceso judicial que se orienten al recobro
de la deuda fuera de los juzgados.
En Cobratis por ejemplo, preferimos establecer una toma de
contacto con el deudor durante los primeros 20 días del trámite para que
podamos establecer un perfil del deudor y saber de buena mano si podemos llegar
a un acuerdo amistoso o no.
Debida a nuestra amplia experiencia en este tipo de fases
extrajudiciales, podemos afirmar que son muchísimos millones de euros los que
podrían haberse cobrado fuera de los juzgados de haberse dado un tratamiento
profesional y adecuado al recobro de la deuda.
Por este motivo, es más que recomendable acudir a empresas
de gestión de cobro y despachos jurídicos que agoten siempre todas las vías
extrajudiciales posibles, pues en muchas ocasiones, en el buen trabajo de esta
etapa, se encuentra el cobro de la deuda.

