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El acuerdo de pago extrajudicial ideal para evitar una vía judicial

27 de marzo de 2017/en Noticias y Actualidad /por admin

Cuando nos encontramos en la tesitura de tener que reclamar

el pago de una factura impagada a uno de nuestros clientes, a veces

(generalmente por falta de costumbre) no sabemos cómo actuar o que medidas

llevar a cabo de forma amistosa para evitarnos un juicio que a veces puede

resultar del todo innecesario.

A veces, delegar la reclamación de la deuda a nuestro

abogado de confianza para que tramite judicialmente el impago es un error

garrafal. Algunos deudores ven en el inicio inmediato de una vía judicial cómo

un ataque de frente y ello provoca que puedan cerrarse en banda del todo al

pago de la deuda.

Hablando se entiende la gente. El problema es que el

acreedor después de hablar varias veces con el cliente que ha dejado a deber no

puede o no quiere mantener el contacto con el mismo hasta que se regularice el

cobro de la factura impagada.

Para ello, algunas empresas de recobro cómo Cobratis,

prefieren iniciar durante los primeros 20 / 25 días una labor de mediación o

gestión extrajudicial con la otra parte para darle la oportunidad de justificar

este impago y que en caso de buena fe, darle la opción de solventar el

incidente de forma amistosa y sin llegar a los tribunales.

La labor de los departamentos jurídicos que llevan a cabo

esta labor de mediación en el pago extrajudicial o cómo también se denomina “amistoso”

es crucial para reconducir la situación, llevar el impago al terreno del

cliente y poder obtener el cobro de la deuda forma satisfactoria, imparcial y

correcta para el acreedor.

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Acuerdo de pago extrajudicial

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0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2017-03-27 00:00:002017-03-27 00:00:00El acuerdo de pago extrajudicial ideal para evitar una vía judicial

Cobrar deudas a la fuerza

20 de marzo de 2017/en Noticias y Actualidad /por admin

Uno de los errores más comunes en los que caen los

acreedores enfadados con facturas o saldos pendientes de cobro es el llevar a

cabo el cobro de la deuda de forma verbalmente violenta, intimidatoria en los

casos más extremos a través de una agresión física.

Cobrar deudas a la

fuerza puede acarrear serios problemas de carácter penal que pueden derivar en

penas de presión y fuertes multas a pagar al deudor.

Es del todo aconsejable que el acreedor no reclame la deuda

de forma intimidatoria a su deudor ya que este amparándose en la ley podrá

alegar amenazas y coacciones pasando el problema del saldo deudor a un segundo

plano.

Siempre se recomienda iniciar los trámites de cobro de la

deuda de forma amistosa e incluso reclamar esta por vías fehacientes cómo un

burofax o requerimiento notarial para dejar una constancia del intento de

requerimiento amistoso.

Si tras requerir al deudor de pago de forma amistosa, éste

sigue sin pagar la deuda, se deberá de recurrir al cobro de la deuda a través

de un despacho de abogados especializado en cobro de deudas o bien delegado la

gestión en una empresa de recobro especializada en reclamación de cualquier tipo

de crédito o saldo deudor.

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0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2017-03-20 00:00:002017-03-20 00:00:00Cobrar deudas a la fuerza

El proceso monitorio se agiliza gracias a la sede judicial electrónica

9 de marzo de 2017/en Noticias y Actualidad /por admin

Los acreedores están de enhorabuena y es que el ministerio

de justicia para hacer más rápidas, efectivas y dinámicas las comunicaciones

con las partes, ha establecido una nueva fase de comunicación electrónica que

aún se encuentra en su fase beta.

RECLAMAR DEUDA O FACTURA IMPAGADA

Tarifas para cobrar una sóla deuda – Tarifa plana para cobrar varias deudas

Por el momento, la interfaz que ofrece la sede judicial electrónica es un

poco (y a criterio subjetivo) rudimentaria de cara a los acreedores que desean

dejar de ir a correos y al decanato para la solicitud inicial del proceso

monitorio.

Una de las carencias que hemos notado en la sección “Iniciador”

en un trámite es que el sistema pese a que da la opción de subir la demanda al

sistema en PDF así como el poder de representación (Escritura) y documentos

justificativos (facturas, albaranes, presupuestos, contratos etc), exigen una

carga básica de los datos de la demanda como datos del expediente.

Aun así, supone un avance notable en una gestión que llevaba

siendo manual y física durante demasiados años y que sin lugar a dudas, este

cambio será para bien.

Esta forma de iniciar un proceso monitorio será de uso

exclusivo para empresas o profesionales autónomos que cuenten con un CERTIFICADO DIGITAL en vigor con el que

puedan acceder a la zona privada de la sede judicial e iniciar los trámites.

Esta decisión del ministerio de justicia ha sido de lo más

acertada después de que en la pasada reforma en cuanto a materia de

comunicaciones electrónicas, exigiesen que las empresas hicieran el uso de

LEXNET, cosa que se contrariaba en la práctica ya que esta plataforma está

restringida para el uso exclusivo de profesionales del derecho y que viene a

ser un sistema de notificaciones entre los profesionales y la administración

sin que los acreedores puedan acceder a su uso.

De este modo la poco a poco, la sede judicial electrónica irá

siendo más completa y contando con mejoras que harán que los acreedores puedan

gestionar más fácilmente sus gestiones ante los juzgados pudiendo Cobratis

prestar a estos a su vez un servicio más dinámico y versátil que sin lugar a

dudas, será para mejor.

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https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg 0 0 admin https://xpertius.com/wp-content/uploads/2026/02/xper2.jpg admin2017-03-09 00:00:002017-03-09 00:00:00El proceso monitorio se agiliza gracias a la sede judicial electrónica

Reclamar deuda empresa

6 de marzo de 2017/en Noticias y Actualidad /por admin

En algunas ocasiones, las reclamaciones de impagos no se

llevan a cabo contra clientes con los que ya no trabajamos y con los que ya no

tenemos ningún tipo de relación mercantil. Existen circunstancias en las que a

pesar de que un cliente nos deba un saldo, estemos comprometidos a seguir

trabajando con él por diversos factores.

En estos casos, para no dañar la relación con el cliente o

bien, cumplir con el acuerdo de suministro que tengamos, se aconseja prestar el

servicio a cuenta de la puesta al día del saldo pendiente de cobro.

Pese a que la gran mayoría de las ocasiones no es agradable

reclamar una deuda a un cliente con el que actualmente trabajamos, la mediación

y mano izquierda en este tipo de circunstancias, puede hacer que se resuelva el

conflicto por sí mismo.

¿Es aconsejable

seguir trabajando con el cliente si aún nos debe dinero?.

Sí y no. Es una cuestión puramente relativa y en la que

tendremos que valorar el volumen de negocio que nos genera este cliente cómo

las incidencias de pago asociadas a dicho volumen de gestión.

Cómo orientación, si encontramos incidencias de pago en un

porcentaje superior al 10% de las operaciones que llevemos a cabo con este

cliente, antes de cancelar su cuenta, tendremos que optar por cambiar límites,

reducir plazos de pago e incluso cambiar directamente la forma de pago asociada

a este cliente.

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