Cambio tasas judiciales
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Reclamar deudaDesde que se aprobara el pasado mes de
marzo la modificación de la ley de tasas judiciales, muchos acreedores
particulares cómo propietarios con inquilinos morosos, pequeños profesionales
autónomos, prestamistas y otro tipo de acreedores, han decidido cursar la
reclamación de sus deudas.
De hecho, hemos podido comprobarlo
directamente en nuestros sistemas, ya que muchas altas de nuevos recobros que
se cursaron y no llegaron a finalizarse al superar estas los 2.000€ y ser
reticentes los acreedores al pago de la tasa judicial.
Estas reclamaciones de deuda no
finalizadas, los acreedores vuelven a retomarlas ante la estupenda noticia de
no tener que liquidar el pago de la tasa obligatoriamente aunque sean superados
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Reclamar deudalos 2.000€ de cuantía reclamada al deudor.
En pocos meses esta modificación se espera
también afecta a las empresas, un conjunto de afectados por los impagados
demasiado grande y que precisa de forma urgente una forma de acudir a la
justicia sin la necesidad de sufragar por unas tasas que ahora el gobierno
piensa que pudieron ser injustas y desproporcionadas.
Por otra parte, la administración de
justicia está pendiente de resolver sobre la legitimidad de aplicación de las
tasas judiciales a las comunidades de propietarios, colectivo con altos índices
de impagados por parte de propietarios deudores.

