El papel de las redes sociales en el cobro de morosos e impagados
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Reclamar deudaÍndice
Las redes sociales
han jugado un papel bastante notable en materia de recobro de deudas
ya que los acreedores suelen recurrir de forma asidua a consultar los
perfiles en redes sociales cómo facebook e instagram para consultar
a que dedican el tiempo libre sus deudores y en que emplean “el
dinero” que se les adeuda.
En muchas
ocasiones, algunos clientes con impagos acumulados de una persona o
una empresa, quieren hacernos llegar los prefiles de los deudores en
las redes sociales cómo prueba de que existe una liquidez o una
solvencia que les permite hacer frente al pago de una deuda.
¿Es válido un perfil en una red
social cómo facebook cómo documentación justificativa para el cobro de la
deuda?.
No ya que la
reclamación de una deuda se basa en la ley de enjuiciamiento civil y
ésta exige que para poder iniciarse un procedimiento de cobro de
deudas se haga mediante documentación
que acredite la existencia de la deuda y no mediante otro tipo de
documentos que no demuestren tanto el origen de la deuda cómo
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Reclamar deudaimporte y cuantía.
¿En que casos puede usarse la
aportación de un perfil de facebook u otras redes?
En aquellos que no
sean relacionados con la materia civil. Por ejemplo, aquellos de
índole penal en el cual se pueda justificar que a la persona que estamos demandando está ejerciendo o llevando a cabo acciones o
actividades que puedan ir en contra le las medidas que se reflejan en
la sentencia judicial otorgada en un procedimiento posterior.
Entonces, ¿Debo aportar un perfil
de facebook o instagram para reclamar una deuda?.
NO. Tan sólo deberán aportarse facturas, contratos, comunicaciones e incluso
recientemente también ha sido aprobada la posibilidad de aportar
conversaciones de Whatsapp cómo reconocimiento de la deuda a
través de medios electrónicos telemáticos.
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