Consejos para limitar al máximo los impagados a causa del Coronavirus (covid19)
Uno de los
problemas más inmediatos que van a venir de forma ineludible para
las empresas y profesionales no sólo en España, sino a nivel
global, es el del impago
de facturas debido a la actual situación de inestabilidad
económica generada por el Coronoavirus (covid 19).
RECLAMAR UNA DEUDA O IMPAGO DESDE 30€
Tarifas para cobrar una sóla deuda – Tarifa plana para cobrar varias deudas
Ya es un hecho que
el aluvión de impagados mercantiles que está por venir verá su máximo esplendor desde mediados de abril a finales de junio, fechas
coincidentes con el alcance de pico de contagios en España hasta el
control de la pandemia, tal y cómo anuncian los profesionales de salaud.
Esto unido a la
volatilidad de los mercados financieros tanto en España cómo en los grandes mercados bursátiles, desata un clima global de incertidumbre
económica cuya consecuencia más inmediata no es otra que la
morosidad empresarial.
Estar prevenidos para lo que está
por venir.
En primer lugar
debemos de tener un control sobre los productos y servicios que
estamos facturando actualmente, establecer una estrecha vigilancia
sobre nuestra cartera de clientes así cómo mantener el menor
riesgo posible en nuestras operaciones comerciales.
Categorizar a los clientes en
función a incidencias de cobro pasadas.
Para ello debemos
desde nuestro departamento de administración organizar por tramos de
facturación las remesas bancarias que han de llevarse a cabo en los
próximos meses y si cabe, categorizar los clientes por incidencias
de impago pasadas pues muy posiblemente tengamos, impagos recurrentes
de estos clientes en las próximas semanas.
De este modo
segmentaremos a nuestra cartera de clientes por grupos de riesgo y
así podremos anticiparnos a un posible problema de impago futuro.
Medidas para evitar los impagos más
inmediatas.
Cómo medidas
preventivas inmediatas en primer lugar podemos intentar cambiar la
forma de pago que tengamos con nuestros clientes, debiendo de primar
los pagos por tarjeta de crédito o transferencia bancaria frente a
giros bancarios o efectos comerciales con vencimientos a más de 30
días.
Si esto no fuera
posible, debemos intentar emitir cargos bancarios de menor importe y
con mayor grado de recurrencia. De este modo, estaremos disminuyendo
el riesgo de impago por remesa bancaria y repartiendo este riesgo en
varios cargos que podrán ser cancelados en el momento que existan
los primeros indicios de impago.
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